(Télam).-
Una comisión del Ministerio de Salud integrada por profesionales de esa
cartera, del Conicet, expertos en nutrición y académicos de la
Universidad Nacional de Buenos Aires (UBA), evaluará si un alimento
tiene las propiedades saludables que publicita, para luego autorizar o
no la continuidad de esos anuncios.
La
Comisión Evaluadora para la Declaración de Propiedades Saludables de
Alimentos fue puesta en vigencia hoy mediante la disposicón 7730 del
Boletín Oficial y se encargará de emitir informes sobre los alimentos
anunciados como saludables, informó la cartera de Salud en un
comunicado.
Integrarán
la Comisión profesionales pertenecientes al Instituto Nacional de
Alimentos, expertos del Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y
Técnicas (Conicet), de la Sociedad Argentina de Nutrición y del
Departamento de Físico-matemática de la Facultad de Farmacia y
Bioquímica de la Universidad Nacional de Buenos Aires, entre otros
organismos e instituciones.
"Muchas
empresas hacen publicidades declarando que sus productos poseen
propiedades que hacen bien a la salud de la gente. Ahora, este comité va
a definir si realmente ese producto tiene las propiedades aludidas, y
si es así las podrá anunciar; y en caso de que no las tenga, no las
podrá usar", detalló Roberto Lede, director de Relaciones
Institucionales de la Anmat.
El
resultado del análisis técnico que realice la ha comisión "podrá ser
usado por el Programa de Monitoreo y Fiscalización de Publicidad y
Promoción de Productos Sujetos a Vigilancia Sanitaria" de la Anmat,
agregó el funcionario.
En
la disposición del Boletín Oficial se destaca que las declaraciones de
propiedades saludables "ofrecen información que, si se aplica
apropiadamente, podría ayudar al consumidor a seleccionar alimentos
asociados a una adecuada nutrición y salud, lo que contribuye al logro
de los objetivos de promoción de la salud".
Además
destaca que "brindar información verídica al consumidor, asistir a los
consumidores en realizar elecciones saludables, y/o alentar a los
elaboradores a desarrollar productos saludables, son los objetivos que
llevaron a establecer las regulaciones de las declaraciones de salud".
Por
último, en el artículo 8 se establece que la norma entrará en vigencia a
los treinta días hábiles de su publicación en el Boletín Oficial; y que
a las empresas se les otorgará un plazo de ciento ochenta días hábiles
para su adecuación.
Fuente: lanacion.com
No hay comentarios:
Publicar un comentario