En agosto, envié una carta al Presidente de
la República de Angola, en la que llamaba la atención sobre el hecho de
que el Fiscal General de la República estaba violando la ley al actuar
como director de varias empresas privadas, algo que es incompatible con
el cargo que ostenta. Varias personas me han preguntado por la falta de
una respuesta por parte del jefe del Estado y de Gobierno con respecto a
estas denuncias. Mi respuesta ha sido que uno no puede y no debe
esperar una reacción positiva del Presidente de la República en materia
de corrupción y el respeto de la ley. Yo argumenté que José Eduardo dos
Santos, encarnaba la misma promiscuidad que él mismo había condenado
como el peor mal de su gobierno. También declaré que la falta de respeto
a la ley era práctica común de su Excelentísimo.
Como
respuesta a estas preguntas, presento aquí una breve investigación
acerca de las prácticas de la Fundación Eduardo dos Santos (FESA), un
ejemplo del comportamiento del presidente en relación con las
instituciones del Estado, las leyes actuales y la corrupción. Al mismo tiempo que ocupa el cargo de Presidente de la República, José
Eduardo dos Santos es también director de su fundación, una entidad
privada, cuyas estructuras incluyen a miembros del gobierno, diputados,
empresas multinacionales y empresas privadas. Esta investigación revela
que FESA ha ignorado varios artículos de la legislación desde su
fundación en 1996; artículos que prohíben el uso de los poderes públicos
para fines personales, el conflicto de intereses, el tráfico de
influencias y otras prácticas corruptas.
¿Por qué la sociedad parece impotente frente a los innumerables
abusos de poder del Presidente de la República? Este artículo trata de
localizar las acciones de Dos Santos en el contexto de la mentalidad
colectiva que paraliza la sociedad: la corrupción generalizada. Este
artículo cuestiona la legitimidad política y moral del presidente en su
continuidad en el gobierno tras 30 años en el poder, en los que no ha
respetado las leyes aprobadas por su propio gobierno y ha permitido que
la corrupción se institucionalizase.
El Reinado de Dos Santos
De acuerdo con el artículo 65 de la Constitución Angoleña, “el
Presidente de la República no es responsable por los actos realizados en
el ejercicio de sus funciones, salvo en los casos de cohecho o traición
a la Patria”. Algunos abogados sostienen que la legislación de
Angola no define el delito de cohecho y que la disposición sobre la
traición a la patria no se aplica al presidente. Sin embargo, como
signatario del Protocolo contra la Corrupción de la SADC (Comunidad de
Desarrollo del África Austral), Angola compensa esta omisión
incorporando el protocolo en su legislación nacional. Así, con la
inmunidad presidencial frente a la responsabilidad consagrada por la
Constitución, el presidente puede hacer lo que quiera. Su mínimo
capricho es ley. Los abogados del MPLA (Movimiento Popular de Liberación
de Angola – Partido del Trabajo), el partido del Gobierno, llegan al
extremo para interpretar la violaciones de la ley por parte del
presidente, como actos de estado y como demostraciones de la sabiduría
política de su líder.
Los 30 años de reinado de José Eduardo dos Santos, han sido exitosos en dos frentes. En primer lugar, la acumulación de riqueza desmedida, de manera sospechosa y con impunidad por parte de la familia presidencial, el
cerrado círculo interior de gobierno, los generales de las fuerzas
armadas angoleñas, altos oficiales de la Policía Nacional de Angola, el
MPLA y la elite de socios extranjeros . En segundo lugar, en el control absoluto del poder político, económico y social a través de una red de corrupción que se complementa con estrategias de represión.
En una reciente charla en Radio Ecclesia llamé la atención sobre una
serie de casos concretos de corrupción en las altas esferas del Estado.
Hice referencia a la continua violación de la ley por parte de miembros
del gobierno y por parte de aquellos que controlan los recursos
públicos. Cité, en particular, las repetidas infracciones de la Ley
sobre Crímenes Cometidos por Oficiales Públicos y del Reglamento de la
Gestión Pública, en los que se prohíbe claramente a los funcionarios
utilizar sus cargos o su participación en los asuntos del Estado para su
beneficio personal, más allá de una remuneración adecuada a su trabajo.
Varios ciudadanos han hablado conmigo sobre este tema. Sin embargo,
parece que la sociedad en general aún no está preparada para enfrentarse
a la verdad. La gente se siente ofendida, llegando incluso a ser
hostil, cuando alguien expone la verdad a la luz pública. Este es un
efecto de la corrupción generalizada, no del miedo a la represión. A
pesar de que el saqueo de la riqueza pública ha sido descubierto, una
gran parte de la sociedad prefiere sobrevivir escondiéndose tras la
ilusión de que la corrupción cotidiana es un acto de benevolencia de
aquellos que ostentan el poder.
“Ellos [los gobernantes] saquean, pero también permiten que otros saqueen su parte”. Esta parece ser la justificación entre los sectores más progresistas de la sociedad.
El temor, que es tan a menudo evocado como explicación de la
impotencia de la sociedad, es simplemente el miedo a perder los bienes
personales o aquellos beneficios que se pueden obtener a través de
contactos institucionales, políticos o familiares. Esta es la situación
de ciudadanos que son conscientes de la realidad y capaces de llevar a
cabo importantes cambios. Esta es una clase media beneficiándose de su
oportunismo.
La Ley del Presidente
El presidente de la República, José Eduardo dos Santos, es el
presidente de FESA, una organización privada a la que el Consejo de
Ministros, presidido por él mismo, ha concedido el rango de institución
de utilidad pública. Desde un punto de vista ético y jurídico, este
simple hecho revela ya un conflicto de intereses y un tráfico de
influencias, en el que el presidente, a través de una institución de
gobierno, ha dado aprobación a su fundación privada como una institución
de utilidad pública.
De acuerdo con el Reglamento de Asociaciones y otras Instituciones de
Utilidad Pública, el estatuto de utilidad pública se otorga a las “asociaciones de beneficencia o humanitarias y las instituciones de
ayuda o de carácter educativo fundadas por particulares, y de las que
son beneficiarios los habitantes de un lugar determinado, sin ser
administradas por el Estado”. Según FESA misma, la fundación fue creada en 1996, “con Su Excelencia el Presidente José Eduardo dos Santos como su fundador”.
Conferir a FESA el rango de institución de utilidad pública, viola el
reglamento antes mencionado (y que también fue aprobado por el
presidente como jefe del Consejo de Ministros), ya que se supone este
estatus sólo se aplica a las instituciones creadas por particulares. El
Presidente de la República no es un simple particular.
Como director de FESA, la máxima autoridad de la organización, el Presidente de la República desempeña un papel activo,
con facultad para: presidir las reuniones de la comisión de los
custodios, nombrar a los miembros de esta misma comisión, convocar
reuniones, nombrar y destituir al presidente y los vicepresidentes de la
fundación y para “determinar la disposición de los bienes de la fundación”, entre otras tareas.
Desde un punto de vista ético y jurídico, el Presidente de la
República, mientra ocupa su cargo, no puede ejercer ninguna función
privada. Aunque el derecho constitucional no hace ninguna referencia
específica a esta materia, a esta conclusión se puede llegar a través de
la interpretación extensiva de las leyes, según la constitucionalista
Mihaela Webba. Si los parlamentarios y los jueces no realizar ninguna
otra función privada, aparte de la enseñanza, entonces el Presidente de
la República como el ocupante del más alto cargo en el Estado,
evidentemente tampoco puede.
Más aún, en Angola el presidente ocupa un cargo ejecutivo, ya que él
es el jefe de gobierno y como tal debe, al menos, respetar el mismo
régimen jurídico aplicado a los demás miembros del gobierno; en concreto
la Ley sobre Crímenes Cometidos por Oficiales Públicos. Incluso si esta
ley no es aplicable al Presidente de la República, por asociación y por
interpretación José Eduardo dos Santos debe cumplir con esta ley como
un miembro más del gobierno. Y esta ley prohíbe el uso de un cargo
público para obtener beneficios personales, así como la combinación de
actividades públicas y privadas. El buen sentido debería haber
persuadido a José Eduardo dos Santos de no establecer su Fundación
mientras aún ocupaba su cargo como Presidente de la República.
La naturaleza misma de
la Fundación está en conflicto directo con el comportamiento de un
estadista que se espera del presidente, y daña la
supuesta separación entre los poderes públicos de los intereses
privados. FESA, en el punto 1.2 del artículo 3 de su constitución, prevé la prestación de servicios de asesoramiento especial “con el fin de asistir técnicamente a instituciones públicas y privadas (…)”. En el punto 1.3 del mismo artículo, FESA se inmiscuye en el ámbito de la política nacional, al declararse dispuesta a “contribuir a la formulación de políticas nacionales favorables al desarrollo sostenible del país”.
El artículo 4 de los Estatutos de FESA expone además que la fundación debe “promover la creación de empresas privadas comerciales en las que la Fundación se convierta en accionista”.
Esto es algo en lo que FESA ha tenido un gran éxito. La participación
de FESA en actividades comerciales, sin que exista una clara línea de
demarcación entre la esfera pública y la privada, hace del Presidente de
la República el representante de los intereses comerciales de una
asociación privada en la que el capital local se encuentra con el
internacional.
Como prueba de su poder absoluto, José Eduardo dos Santos ha incluido
a parte del gobierno y a miembros de otros órganos del estado, como la
Asamblea Nacional, en la dirección de FESA, haciendo caso omiso de la
ley. Tal decisión corrompe el funcionamiento de la administración
pública. Esto se demuestra observando las estructuras de gestión de FESA
y de su rama deportiva, el Santos Fútbol Club Ibid.
Manuel Vicente, presidente del comité ejecutivo de la petrolera
estatal de Angola, Sonangol, está violando el Reglamento de la Gestión
Pública al actuar como vice-director de FESA, una fundación privada, a
pesar del mandato para este cargo dado por el Presidente de la
República. Por otra parte, Sonangol, una empresa pública, es también
parte de la asamblea general de FESA, así como uno de los principales
donantes a la fundación y un socio del brazo inversor de FESA,
Suninvest, en el proyecto Emprendimientos Miramar en Luanda.
Este proyecto, actualmente en construcción, es un moderno complejo de
rascacielos al lado del cementerio del Alto das Cruzes, y en él se
incluye el Hotel Intercontinental, de cinco estrellas, el casino más
grande del país y tres torres de apartamentos, con los pisos más caros
en el mercado. Sonangol posee el 43% de las acciones y Suninvest el 40%,
mientras que la empresa extranjera que está construyendo el proyecto,
la Rainbow Nankwing Company, posee el restante 17% . Esto plantea otra
cuestión:¿quién paga los millones de dólares necesarios para la
construcción del proyecto? ¿De donde obtiene Suninvest sus fondos? ¿O
cubre Sonangol todos los gastos y ofrece parte de las acciones a
Suninvest? Ninguna de estas informaciones es del dominio público.
Aunque la Asamblea Nacional ha eliminado la definición explícita de
los actos de corrupción de la Ley sobre Delitos Económicos, y leyes
posteriores, Angola sigue siendo signataria del Protocolo contra la
Corrupción de la SADC, la Convención de las Naciones Unidas contra la
Corrupción y el Convenio de la Unión Africana sobre la Prevención y
Lucha contra la Corrupción. Los mecanismos legales y las definiciones
que figuran en todos estos documentos se aplican a Angola. Lo que es aún
más grave, ¿existe alguna explicación para el total apoyo del que las
acciones del presidente disfrutan entre los miembros del gobierno, los
parlamentarios del MPLA, los dirigentes de las fuerzas armadas y de la
policía? Todos hacen lo que el presidente desea, para también poder así
actuar con impunidad.
Tomemos el ejemplo al jefe de Sonangol, Manuel Vicente, cuyos
negocios personales, como Sadissa, participan en varios acuerdos
millonarios con el Estado, pero quien nunca ha sido castigado por esos
actos ilícitos. Lo mismo puede decirse de Manuel Rabelais. El ministro
de información es el director gerente de diversas empresas, algunas de
las cuales prestan servicios a los medios de comunicación estatales.
Aparte de regalar el Canal 2 de la TPA (Televisión Pública de Angola) a
los hijos del Presidente, Manuel Rabelais insiste en violar la ley al
mantener a Tchizé dos Santos, hija del presidente, como uno de los
directores interinos de la TPA. Tchizé dos Santos es la directora
gerente de Semba Comunicação, responsable de producir contenido para la
el Canal 2 de la TPA. El Estatuto del Administrador Público prohíbe
mantener simultáneamente un cargo público y otro privado como hace
Tchizé do Santos. Ella tiene la doble función de funcionaria pública y
principal proveedora a la TPA. ¿Qué posibilidades deja esto al papel de
supervisor que debe jugar el Estado?
Como miembros de FESA, los ministros Manuel Rabelais, Francisca
Espírito Santo y Mankenda Ambroise, los viceministros Pinda Simão y
Victoria de Barros Neto, así como la embajadora ante la UNESCO, Sita
José, y el Director del Ministerio de Asuntos Exteriores para África y
Oriente Medio, Nelson Cosme, están cometiendo el delito de abuso de
poder, de acuerdo con la Ley sobre Crímenes Cometidos por Oficiales
Públicos.
Por su parte, los diputados Domingos Peterson y Teresa Cohen están
violando la línea H del artículo 16 del Estatuto de los Diputados, al
formar parte del comité de los custodios de FESA. Dos de los miembros
más antiguos del buró político del MPLA – los parlamentarios Alfonso
Domingos Pedro Van-Dúnem “Mbinda” y Magalhães Paiva “Nvunda” – forman también parte de las estructuras del Santos Fútbol Club.
El presidente además, abusa de los recursos humanos que se ponen a su
disposición para el cumplimiento de sus deberes de estado y para su
seguridad personal, utilizándolos en la gestión del Club de Fútbol
Santos. Este es el caso de Manuel Paulo da Cunha y los generales
Leopoldino Nascimento y José João Mawa.
Además, según la página web del Santos Fútbol Club, los objetivos
principales del club incluyen el conseguir éxito comercial a mediante “la adquisición de recursos a través del conocido modelo internacional del “club-empresa”. Dado
que José Eduardo dos Santos continúa con su papel en FESA, y que el
Santos Fútbol Club es un proyecto de FESA, es justo decir que el
presidente está directamente involucrado en una empresa privada.
Tráfico de Influencias
Además, FESA constituye el ejemplo más flagrante de tráfico de influencias jamás visto en el país. La
asamblea general de FESA incluye a representantes de las
multinacionales petroleras British Petroleum (BP), ExxonMobil, Total y
de la asociación Block 2 (Braspetro, Sonangol Chevron, y las empresas
petroleras privadas de Angola Somoil, Poliedro y Kotoil), así como el
gigante de los diamantes De Beers. Las empresas constructoras que más se
han beneficiado más de los contratos con el estado – la brasileña
Odebrecht y la portuguesa Soares da Costa, Teixeira Duarte y MotaEngil –
gozan todas del favor presidencial como miembros de la asamblea general
de FESA y como principales donantes de la fundación. La empresa que,
casi en exclusiva, es responsable de la supervisión de los principales
proyectos de construcción estatales, Dar, ofreció un espacio de oficinas
a FESA mientras la fundación se estaba constituyendo. Dar es también
miembro de la asamblea general de FESA, mientras que su propietario, el
libanés Klimk Ramzi, es presidente del comité fiscal de la Fundación.
Klimk también es accionista del el brazo de inversión de FESA,
Suninvest, y de la filial de la multinacional alemana Siemens Angola.
Las principales empresas públicas estatales: Sonangol, TAAG (Angola
Airlines), la empresa de diamantes Endiama y Angola Telecom tienen todas
puesto en la asamblea general de FESA.
Según el artículo 21, punto 1, línea B de los estatutos de FESA, uno
de los requisitos para desponer de un puesto en la asamblea general es
la donación de una suma mínima “fijada por el Consejo de Comisarios”. No
hay sin embargo, información pública sobre cual es esta cantidad
mínima.
En términos legislativos, todas las contribuciones monetarias y
materiales de estas empresas a FESA se puede definir como actos de
corrupción, ya que implican regalos directos o indirectos al más alto
funcionario del estado, el presidente, quien como jefe del Consejo de
Ministros tiene el poder de decidir sobre la adjudicación de todos los
contratos estatales pertinentes. Hasta hace muy poco el presidente de
FESA, Ismael Diogo, que trabaja diariamente con los miembros de la
asamblea general, era también titular de un cargo público como cónsul
general de Angola en Río de Janeiro.
Conclusiones
Durante sus más de 30 años en el poder, José Eduardo dos Santos nunca
ha ganado un mandato como presidente de forma democrática. Nombrado
Presidente de la República por el MPLA en 1979, no consiguió una mayoría
absoluta en las primeras, y hasta el momento únicas elecciones
presidenciales en Angola en 1992, y la segunda vuelta requerida en
dichas elecciones, nunca tuvo lugar. Su comportamiento actual le priva
de cualquier legitimidad política y moral para continuar en su cargo.
Como señala Manuel Jorge, “no hay poder legítimo sin el respeto a la ley”.
Dado que el soborno está definido como un acto de corrupción, los
ciudadanos deberían organizarse para explorar todos los medios
jurídicos, cívicos y políticos existentes para insistir en una auditoría
independiente de las actividades de FESA, ya que hay muchos indicios de
que pudiera tomarse una acción penal contra el presidente de la
República, José Eduardo dos Santos.
La sociedad necesita con urgencia un debate sobre cómo restaurar la
legitimidad, el honor y la autoridad de la oficina del Presidente de la
República. La permanente falta de respeto a la ley es, por sí misma, una
forma de tiranía y de corrupción del poder político y de las
instituciones estatales. Adoptar una postura contraria a la
irresponsabilidad política, la impunidad y la corrupción que están
robando a los angoleños de un futuro colectivo mejor es un acto que está
en consonancia con la Constitución y con las aspiraciones de una
sociedad más moral. Angola necesita un líder que pueda restaurar la
ética a la sociedad y al gobierno para el beneficio de las generaciones
futuras.
Por Rafael Marques de Morais www.africaneando.org
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