El nuevo sistema de fiscalización por indicadores de riesgo se basa en una metodología de fiscalización teniendo en cuenta la realidad de cada establecimiento y su trayectoria en materia de respeto por las normas, lo que implica que deben revisarse los puntos críticos de control.
Hoy, eso se hace posible gracias a la incorporación de nuevos recursos tecnológicos que permiten llevar y mantener permanentemente actualizado, un legajo electrónico de cada uno de los inscriptos. Además de los datos específicos de cada uno (domicilio, responsable técnico, propietario, capacidad de almacenamiento y elaboración), los recursos permiten mantener sistematizado su comportamiento y detectar aquellos establecimientos en los cuales, las faltas o incumplimientos al régimen normativo se reiteran en forma sistemática, lo que indica que resulta conveniente profundizar las actividades de fiscalización.
Los nuevos sistemas de información posibilitan evaluar los indicadores de riesgos sobre bases confiables y al mismo tiempo, vincular las distintas fuentes de información que se emplean a lo largo de la cadena productiva, derivando en una adecuada asignación y aprovechamiento de los recursos disponibles. Permiten también, establecer un programa de fiscalización dirigida a los establecimientos vitivinícolas, teniendo en cuenta los indicadores de riesgos críticos y clasificándolos en distintos canales de control.
Vale la pena mencionar que esta metodología no implica dejar de lado otras medidas de control complementarias ni actúa en detrimento de la fiscalización en general.
El sistema reglamentado mediante la Resolución Nº C.17/2010, consiste en la categorización a partir del 1 de junio de 2010 de los establecimientos vitivinícolas para su fiscalización. Existen tres niveles:
Canal amarillo: En este nivel se encuadran a aquellos inscriptos que se encuentran dentro de los parámetros establecidos como aceptables respecto del cumplimiento del régimen normativo vigente para la industria vitivinícola, así como los nuevos establecimientos inscriptos.
Canal verde: Se encuadran a aquellos establecimientos que según sus antecedentes y considerando los indicadores de riesgo aplicables, superan los estándares establecidos como parámetros aceptables. Éstos permiten inferir como suficiente, un nivel de control sustentado fundamentalmente en los propios controles internos de calidad y trazabilidad de cada empresa, orientados a verificaciones en puntos críticos.
Los establecimientos que consideren que se encuentran en condiciones de acceder al canal verde, podrán solicitarlo debidamente fundamentado. Debe mencionarse que a la fecha de formalizar el pedido, deberán tener una antigüedad en la actividad superior a seis meses de modo de contar con antecedentes que permitan la adecuada valoración de su actividad
Canal rojo: Se encuadrará en este nivel a todos aquellos inscriptos cuyos antecedentes indiquen que deberán extremarse las medidas de fiscalización.
El descenso a este canal será automático desde el momento en que se constaten las faltas cometidas y el tiempo de permanencia mínimo en este canal para ascender al amarillo, será como mínimo de seis meses.
Se estima que esta medida resultará un incentivo a mejorar la calidad y respeto por las normas facilitando además las gestiones de los inscriptos considerados "confiables". Además, es un mecanismo de evaluación continua y dinámica que contempla permanentemente la evolución positiva o negativa de cada establecimiento.
Con intención de preservar el principio de igualdad inicial, durante la primera etapa de observación, se producirá el primer re encasillamiento de todos los establecimientos que se consideran en canal amarillo, luego de evaluar sus antecedentes. Entre ellos, infracciones detectadas, reiteración de faltas, informes de otros organismos, implementación de sistemas de calidad, trazabilidad, buenas prácticas, capacitación de su personal, respeto por el medio ambiente, informes positivos o negativos de las inspecciones efectuadas por el INV, resultados analíticos sobre muestras extraídas, etc.
De acuerdo a la gravedad del hecho constatado, cada indicador de infracciones tiene su puntaje asignado. La calificación final de cada inscripto será la suma total de puntos obtenidos, tanto positivos como negativos.
Cabe mencionar que el hecho de que un establecimiento se encuentre en canal verde por ejemplo, no significa que tenga derechos adicionales o que no les sean de aplicación las normas reglamentarias vigentes. El organismo tendrá siempre la facultad de ejercer los controles que considere convenientes para cada oportunidad.
En cuanto a la programación de actividades de fiscalización, el establecimiento a través de indicadores, de diferentes niveles de fiscalización para los inscriptos, implica una reestructuración de algunos aspectos operativos del organismo, contribuyendo a un uso más eficiente de los recursos.
- El nuevo sistema de fiscalización se basa en una metodología de fiscalización teniendo en cuenta la realidad de cada establecimiento y su trayectoria en materia de respeto por las normas.
- Los nuevos sistemas de información posibilitan evaluar los indicadores de riesgos sobre bases confiables, vinculando las distintas fuentes de información que se emplean a lo largo de la cadena productiva.
- El sistema reglamentado mediante la Resolución Nº C.17/2010, consiste en la categorización a partir del 1 de junio de 2010 de los establecimientos vitivinícolas para su fiscalización y existen tres niveles.
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