viernes, 10 de julio de 2009

Autorizan el uso de "La Consulta" como indicación geográfica



No es la primera vez que esto sucede. Varias empresas argentinas, previo a la ley, habían registrado como marca el nombre de diferentes lugares de la provincia que en la actualidad también son indicaciones geográficas. Aunque se van resolviendo los casos por medio de convenios con el INV, todavía quedan marcas en conflicto.


La semana pasada, el Instituto Nacional de Vitivinicultura (INV), firmó un convenio con la bodega Finca La Celia, propietaria de la marca registrada La Consulta desde el año 1997, para que los productores de la zona puedan utilizar en las etiquetas de sus vinos la mención indicación geográfica La Consulta debajo del nombre de la marca del vino. De esta forma, el INV aseguró un medio por el cual ejerce la defensa del derecho público de los productores del área de producción vitivinícola que quieren utilizar la Indicación Geográfica (IG) La Consulta y al mismo tiempo no menoscabar el derecho privado de propiedad de la bodega.

A través de este convenio, Finca La Celia S. A. autorizó expresamente al Instituto Nacional de Vitivinicultura a reconocer, registrar y proteger la denominación, como IG de la República Argentina.

El INV podrá conceder el derecho de uso de la denominación "La Consulta" únicamente como IG a los interesados que den efectivo cumplimiento a las condiciones legales y técnicas establecidas por la Ley y queda reservada exclusivamente para los vinos o bebidas espirituosas de origen vínico de calidad que se ajusten a la definición y que cumplan con las condiciones de producción y elaboración que ha fijado el organismo nacional.

Consultado por FINCAS, Guillermo García, presidente del Instituto Nacional de Vitivinicultura, sostuvo que "estos son temas históricos. Desde la sanción de la ley 25.163 en 1999 debemos respetar estrictamente lo que dice la ley, en donde se establece que en todos los casos en donde haya una marca preexistente a la sanción de la ley y que tenga su reconocimiento por parte del Instituto Nacional de Propiedad Industrial, debemos solicitar la autorización para la utilización de indicación geográfica. Para evitar problemas se viene trabajando por medio de convenios que autoricen la convivencia de ambas y para que se puedan utilizar los productores la indicación geográfica cumpliendo siempre con todos los requisitos".

A través de la firma de este convenio, el INV reconoció que Finca La Celia S. A es la propietaria exclusiva de la totalidad de los derechos, títulos, atributos, intereses y demás derechos de la propiedad industrial de la marca "La Consulta".

Este no es el primer caso, ya han sucedido similares con la marca registrada Valle de Uco, por nombrar algunos, aunque quedan otros en conflicto, en los que el INV está trabajando para el desarrollo de un convenio similar al firmado con Finca La Celia con el objetivo de que los productores de distintas zonas geográficas puedan acceder a su uso.

Luján y San Rafael DOC
Aunque las Denominaciones de Origen Controladas son una de las claves del éxito de los vinos europeos, hace años que se quiere importar la idea a Mendoza y se ha llevado adelante pero de una forma muy distinta a la empleada en el viejo continente, donde para que un vino pueda pertenecer y llevar en su etiqueta la sigla denominación de origen controlada tiene que pasar un estricto control que va desde reglamentaciones para el cultivo hasta la elaboración.

Una Denominación de Origen Controlada (DOC) identifica un producto originario de una región, de una localidad o de un área de producción delimitada del territorio nacional, cuyas cualidades o características particulares se deben exclusivamente o esencialmente al medio geográfico, abarcando tanto los factores naturales como los factores humanos. El producto debe ser obtenido de uvas provenientes de cepas de Vitis vinífera totalmente producidas en el área determinada, elaborado y embotellado en la misma, lo que debe ser expresamente certificado por la Autoridad de Aplicación. El área de producción debe ser constituida por un terruño o conjunto de terruños, situados en el interior de un área geográfica, que por la naturaleza de sus suelos y su situación ambiental, son reconocidos aptos para la producción de vinos de calidad. Dentro de la ley se especifica que el empleo de una Denominación de Origen Controlada queda reservado exclusivamente para los vinos de variedades selectas o bebidas espirituosas de origen vínico, calidad superior, producidos en una región cualitativamente diferenciada y determinada territorio nacional, cuya materia prima y elaboración, crianza y embotellado se realizan en la misma área de producción delimitada.

En Mendoza hay dos denominaciones de origen controladas: la de Luján de Cuyo, en donde se producen excelentes Malbec, entre ellos uno reconocido recientemente por la revista Wine and Spirits (Luigi Bosca Single Vineyard Luján de Cuyo D.O.C. Malbec 2006) y la de San Rafael, en donde algunas bodegas como Goyenechea han comenzado a producir vinos y exportarlos dentro de la DOC. Además, fue la primera bodega en exportar un vino de estas características de la DOC San Rafael a Estados Unidos el año pasado. Aunque varios expertos y famosos flying winemakers como Alberto Antonni se han expresado en contra de este tipo de DOC en lugares como Argentina por encontrarlas vetustas y ver a nuestro país con un potencial mayor en el desarrollo de vinos varietales sin estructuras tan rígidas como las que impone la DOC, todavía dentro de este marco legal se dan excelentes vinos.

Fuente: Esta nota fue publicada por el Suplemento Fincas, de Diario Los Andes.

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