Extensión: 0,44 km2.
Situación: en el Oeste de Roma, a la derecha del río Tíber.
Población: 785 h.
Densidad: 1.777 h/km².
Capital: Vaticano.
Gentilicio: vaticano.
Idioma: italiano y latín.
Religión: catolicismo.
Moneda: euro.
Geografia. Estado urbano de Europa, en la península Itálica. La ciudad del
Vaticano comprende la plaza y la basílica de San Pedro, los palacios, museos y
jardines del Vaticano, otras iglesias y palacios que están situados fuera de su
territorio, como las basílicas de Santa María la Mayor, San Juan de Letrán y San
Pablo Extramuros, el palacio de Letrán, la universidad Gregoriana y el palacio
de Castelgandolfo. La ciudad obtiene considerables ingresos económicos de la
venta de sellos de correos, monedas de oro y plata y toda clase de recuerdos
para los turistas.
Historia. Estado del centro de Italia sometido al poder temporal de los papas
entre el s. VIII y 1870. Fue ocupado por las tropas de Víctor Manuel II en 1870
e integrado en el reino de talia. Ello provocó un grave conflicto político con
el papado, que no se resolvió hasta que
Mussolini y Pío XI firmaron en 1929 los
acuerdos de Letrán, por los que se constituyó el Estado Vaticano, enclavado en
la ciudad de Roma y sometido a la soberanía pontificia. Entre los últimos papas
destaca Juan XXIII que efectuó cambios en la política del Vaticano con el
acercamiento al Tercer Mundo y la distensión con los países socialistas. El papa
Juan Pablo II, fallecido en abril de 2005, desarrolló una infatigable actividad,
dejando sentir su magisterio entre las comunidades católicas del mundo entero.
Gobierno y Política: La esencia misma del
Estado de la Ciudad del Vaticano se fundamenta en la doctrina y en la
legislación de la Iglesia Católica, de manera que el Papa es a la vez Cabeza
Suprema de la Iglesia y Jefe del Estado del Vaticano.
La
elección del Papa corresponde al Sacro Colegio Cardenalicio (especie de Senado
que acesora al Pontífice), reunidos en Cónclave, según las disposiciones de la
Constitución Apostólica Universi Dominici Gregis, promulgada por Juan
Pablo II el 22 de febrero de 1996; esta Constitución Apostólica restringe el
método de elección eliminando la posibilidad de aclamación y de compromiso y
exigiendo que la misma se verifique por escrutinio.
El
elegido se convierte en Papa en cuanto manifiesta su aceptación, siempre que se
trate de una persona que tuviera ya el carácter de Obispo; en caso contrario, el
elegido debe ser ordenado Obispo inmediatamente. En cualquiera de los dos casos,
el Papa electo adquiere desde el mismo momento de su aceptación, y ordenación en
su caso, la plena y suprema potestad en la Iglesia Católica y en el Estado de la
Ciudad del Vaticano.
El
Papa concentra en su persona la plenitud de los poderes legislativo, ejecutivo y
judicial, aunque no suele ejercerlos de forma directa en la mayoría de los
casos.
Para
asistir al Papa en el gobierno del Estado de la Ciudad del Vaticano existe una
administración denominada Curia Romana, que se encarga de los asuntos ordinarios
del gobierno eclesial y vaticano.
Los
idiomas oficiales son el latín y el italiano. La moneda, según un acuerdo
suscrito con la Unión Europea (UE), es el euro.
Es el
único estado soberano del mundo reconocido por la Organización de las Naciones
Unidas que no pertenece a la misma.
Fuente Consultada: La Enciclopedia del
Estudiante La Nación (Santillana) y Wikipedia
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